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Política de cobertura facial

  1. ALCANCE:
    Esta política se aplica a University of Miami Health System ("UHealth"), cualquier persona que sea empleado del hospital, voluntario, estudiante, residente, contratista independiente, proveedor, miembro de la Junta del Hospital o del Sistema de Salud, o cualquier otra persona que brinda atención, tratamiento u otros servicios (incluidos el personal clínico y los médicos) y/o pacientes en cualquiera de University of Miami Hospital and Clinics (los hospitales y clínicas de University of Miami).

  2. OBJETIVO:
    Para proteger la salud y la seguridad de nuestros pacientes, empleados y visitantes, se requerirá el uso de mascarillas en determinadas circunstancias, como por ejemplo, cuando un paciente, visitante o empleado muestre signos o síntomas de una enfermedad infecciosa o tenga un diagnóstico confirmado de una enfermedad infecciosa que pueda propagarse a través de gotitas o transmisión por el aire.

    Esta política se aplica a todas las personas mayores de dos años que figuran en la Sección I titulada "Alcance". Las recomendaciones y/o requisitos o políticas de cobertura facial, así como otros equipos de protección personal pueden revisarse y reevaluarse con los estándares nacionales y estatales, así como con las leyes, reglas, requisitos y regulaciones estatales y federales en caso de un brote comunitario u otras situaciones.

    Los estándares y protocolos establecidos en esta Política prevalecerán en caso de que UHealth promueva o exija el uso de coberturas faciales en cualquiera de sus ubicaciones. A menos que se indique lo contrario, todas las demás políticas, procedimientos y directrices de UHealth que fomenten o requieran el uso de coberturas faciales estarán sujetos a los estándares, protocolos y disposiciones establecidas en esta política.

    Esta Política no se aplica al uso de equipos de protección personal recomendados y/o requeridos para riesgos químicos o físicos que podrían requerir dicho equipo para evitar lesiones o daños físicos de acuerdo con la industria u otras normas vigentes.

  3. DEFINICIONES:
    1. Área común: cualquier área en un entorno de atención médica donde los pacientes no son tratados, diagnosticados o examinados.
    2. Empleado: se refiere, para los propósitos de esta política, a cualquier persona empleada o contratada en un entorno de atención médica, incluso profesionales de la salud, personal administrativo, el personal de mantenimiento, asistentes, contratistas, estudiantes y voluntarios.
    3. Entorno de atención médica: cualquier lugar donde los profesionales de la salud y/o los proveedores de atención médica ejerzan su profesión o brinden servicios. Para abreviar, este término puede referirse como "Hospital" en este documento.
    4. Paciente: cualquier individuo que reciba un servicio de un profesional de la salud o un proveedor de atención médica.
    5. Área estéril: un lugar donde se lleva a cabo una cirugía o procedimientos que requieren técnicas asépticas.
    6. Procedimiento estéril: un procedimiento aséptico diseñado para minimizar el riesgo de contaminación microbiana y reducir la tasa de infecciones invasivas o en el sitio quirúrgico.
    7. Visitante: cualquier individuo en un entorno de atención médica que no sea un empleado ni paciente del hospital.
    8. Cobertura facial: cualquier material, tela o mascarilla quirúrgica, protector facial u otro elemento que cubra la boca y la nariz.

  4. POLÍTICA:
    En determinadas circunstancias, UHealth requerirá que los empleados, pacientes y visitantes utilicen coberturas faciales.
  5. Para los pacientes --
    Si UHealth requiere el uso de coberturas faciales, los pacientes podrían ser obligados a utilizar una cobertura facial en las áreas comunes del Hospital si presentan signos o síntomas de una enfermedad infecciosa o tienen un diagnóstico confirmado de una enfermedad infecciosa que puede propagarse a través de gotitas o transmisión por el aire.

    Para los visitantes --
    En caso de que el Hospital exija el uso de coberturas faciales, se podría solicitar al visitante que utilice coberturas faciales si:

    1. Muestra signos o síntomas de una enfermedad infecciosa o tiene un diagnóstico confirmado de una enfermedad infecciosa que puede propagarse a través de gotitas o transmisión por el aire.
    2. Se encuentra en un área estéril del Hospital, incluso donde se realizan cirugías o procedimientos que requieran técnicas asépticas o procedimientos estériles.
    3. Se encuentran en una habitación de hospital o sala clínica con un paciente que presenta signos o síntomas de una enfermedad infecciosa o tiene un diagnóstico confirmado de una enfermedad infecciosa que puede propagarse a través de gotitas o transmisión por el aire.
    4. Está visitando a un paciente cuyo profesional de la salud o proveedor de atención médica ha (i) diagnosticado o confirmado al paciente una afección que impacta el sistema inmunológico de manera que aumenta el riesgo de transmisión de una infección al paciente de otras personas sin signos ni síntomas de infección; además (ii) el médico tratante o proveedor ha determinado que el uso de una cobertura facial es necesario para la seguridad del Paciente.

    Para los empleados --
    Los empleados deben abstenerse de ingresar al Hospital si están enfermos. Un empleado que esté enfermo debe comunicarse con su supervisor inmediato y con la Línea Directa de Salud para Empleados y Estudiantes al (305) 243-ONEU. Los empleados deberán usar una mascarilla médica/quirúrgica certificada por la Administración de Alimentos y Medicamentos (ASTM F2100) o respirador aprobado por el Instituto Nacional para la Seguridad y Salud Ocupacional en los siguientes casos:

    1. Realizan procedimientos estériles.
    2. Trabajan en un área estéril.
    3. Trabajan con un Paciente cuyo médico tratante ha diagnosticado o confirmado una afección que impacta el sistema inmunológico de una manera que aumenta el riesgo de transmisión de una infección de empleados sin signos ni síntomas de infección a un Paciente y cuyo tratamiento el médico ha determinado que el uso de coberturas faciales es necesario para la seguridad del paciente.
    4. Acompañan a un paciente en aislamiento por gotitas o aerotransportado.
    5. Participan en actividades no clínicas potencialmente peligrosas que requieran coberturas faciales para evitar lesiones o daños físicos de acuerdo con los estándares de la industria.

    UHealth se reserva el derecho de exigir el uso de coberturas faciales en el Hospital en otras circunstancias de acuerdo con los estándares nacionales y estatales y las leyes, normas, requisitos y reglamentos estatales y federales.

    Optar por no --
    Según la Declaración de derechos y responsabilidades del paciente de Florida contenida en la Sección 381.026 de los Estatutos de Florida, “[un] paciente en un centro de atención médica tiene derecho a retener y usar ropa o posesiones personales según lo permita el espacio, a menos que ello infrinja el derecho de otro paciente o esté médica o programáticamente contraindicado por razones médicas, de seguridad o programáticas documentadas”.

    En caso de que el Hospital aliente o exija el uso de coberturas faciales, los Visitantes, Pacientes y Empleados pueden optar por no usar cubiertas faciales de la siguiente manera:

    1. Si hay disponible un método alternativo de control de infecciones, los pacientes y visitantes pueden optar por no cumplir con los requisitos de cobertura facial existentes notificando a un profesional de la salud o proveedor de su decisión de optar por no cumplir con el requisito, y dicha solicitud se revisará de acuerdo con los procedimientos de control de infecciones del Hospital.
    2. Los empleados pueden optar por no cumplir con los requisitos de cobertura facial enviando una solicitud a través de Workday, cuya solicitud será revisada por el Departamento de Salud de Empleados y Estudiantes.

    Sin perjuicio de las disposiciones de exclusión voluntaria del presente, en caso de que el Hospital requiera el uso de coberturas faciales, se aplicarán las siguientes exclusiones:

    1. Si no existen métodos alternativos de control de infecciones o prevención de enfermedades infecciosas, un paciente no puede optar por no cumplir con los requisitos de cobertura facial en las siguientes circunstancias:
      1. Un paciente que ha sido diagnosticado o presenta signos o síntomas de una enfermedad infecciosa que puede propagarse a través de gotitas o transmisión por el aire se encuentra en el área común del Hospital.
      2. La exclusión voluntaria ha sido identificada por un profesional de la salud o un proveedor como médica o programáticamente contraindicada por cuestiones médicas, de seguridad o programáticas.
      3. De lo contrario, la exclusión infringiría los derechos y pondría en riesgo la seguridad o la salud de otros Pacientes, personas o personal/empleados del Hospital.

    2. Si no existen métodos alternativos de control de infecciones o prevención de enfermedades infecciosas, un Visitante no puede optar por no cumplir con los requisitos de cobertura facial en las siguientes circunstancias:
      1. El Visitante ha sido diagnosticado o muestra signos o síntomas de una enfermedad infecciosa que puede propagarse a través de gotitas o transmisión por el aire.
      2. La exclusión voluntaria infringiría los derechos y pondría en riesgo la seguridad o la salud de otros Pacientes, individuos o personal/empleados del Hospital.
      3. No existen métodos alternativos de control de infecciones o prevención de enfermedades infecciosas.

    3. Un empleado no puede optar por no cumplir con los requisitos de cobertura facial si el empleado:
      1. Lleva a cabo un procedimiento estéril, incluidos procedimientos asépticos o cirugías que requieran prácticas que minimicen el riesgo de contaminación microbiana para reducir la tasa de infección invasiva o del sitio quirúrgico.
      2. Cuida a un Paciente o está presente mientras se realizan procedimientos estériles, incluidos procedimientos asépticos o cirugías.
      3. Trabaja en un área estéril del Hospital, incluso donde se realizan cirugías o procedimientos que requieren técnicas asépticas.
      4. Acompaña a un paciente en aislamiento por gotitas o transmisión por el aire;
      5. Trabaja con un paciente cuyo médico o proveedor de atención médica le ha diagnosticado o confirmado una afección que impacta el sistema inmunológico de una manera que aumenta el riesgo de transmisión de una infección al paciente de otras personas sin signos ni síntomas de infección; y (ii) cuyo médico tratante o proveedor haya determinado que el uso de una cobertura facial es necesario para la seguridad del Paciente.
      6. Participa en actividades potencialmente peligrosas que requieren una cobertura facial para prevenir infecciones, lesiones o daños de acuerdo con los estándares nacionales, estatales y de la industria, y las leyes, normas, requisitos y reglamentos estatales y federales.

    4. El hospital se reserva el derecho de considerar otras exclusiones de las disposiciones de exclusión para cumplir con las leyes, normas, requisitos y reglamentos estatales y federales aplicables.

  6. EXHIBICIÓN Y PUBLICACIÓN
    UHealth hará que esta política sea accesible desde la página de inicio de su sitio web. Además, esta política se exhibirá en el vestíbulo del Hospital.

Referencias